¿Sabes que aproximadamente el 20%del valor de una vivienda es el beneficio del promotor? Pues esta es seguramente una de las mayores ventajas de hacerte con una vivienda en régimen de cooperativa, ya que tú no vas a “comprar” una vivienda, vas a convertirte en uno de los promotores convirtiendo ese % en ahorro en el precio final.
Como promotor vas a participar en todas las tomas de decisiones importantes, garantizándote que tu futura vivienda sea realmente la “casa de tus sueños”, pero no te preocupes que no te necesitarán a pie de obra, de ello se encarga la gestora con la que la cooperativa que hayas constituido junto al resto de cooperativistas (tus futuros vecinos) decidan trabajar.
A esa figura se le llama Gestora de Cooperativas que será “la empresa” encargada de asesorarte y ayudarte en todo este complejo, pero emocionante proceso, desde la compra del suelo hasta la obtención de llaves. Si te lo estás preguntando, si por supuesto que esa Gestora cobra sus legítimos honorarios, al igual que tu arquitecto, aparejador, o cualquier otro profesional que intervenga en tu proyecto, pero siempre muy por debajo del margen del 20% del beneficio promotor, garantizándote que conseguirás tu futura vivienda a precio de coste. Desde su elección, esta Gestora de Cooperativas será el profesional que te acompañará y asesorará coordinando todos los oficios y empresas que han de trabajar para cumplir con el objetivo u objeto social de tu cooperativa, de ahí la importancia que tiene elegir un equipo gestor con una solvencia profesional reconocida en el Sector cooperativo de viviendas.
Como hemos dicho al acceder a tu vivienda en régimen de cooperativa, aun no formando parte del Consejo Rector, al cual siempre podrás presentar tu candidatura, como socio cooperativista participaras en las principales tomas de decisiones, entre ellas la de modificar las características de la vivienda según tus propias necesidades.
Entonces, ¿Qué es una cooperativa de vivienda? ¿Qué es eso de ser socio cooperativista?
El espíritu lo impulsa un conjunto de personas que, como tú, tienen un sueño en común, acceder a una vivienda digna y adecuada a sus especiales necesidades y para ello junto con otras familias y personas con sus mismas inquietudes y necesidades, constituyen una entidad sin ánimo de lucro, buscando alcanzar dicho objeto social.
Si tras la entrega de llaves existe un margen económico positivo será la sociedad cooperativa quien decida si conservan el dinero en un fondo o en el momento de la disolución y liquidación de esta, es devuelto en partes proporcionales a cada cooperativista, o se destina al fondo de educación y promoción contemplado en la Ley, decisión para la que será necesario tu voto.
Como socio cooperativista te conviertes a partes iguales en el promotor y el adjudicatario del inmueble, con el mismo porcentaje de participación que el resto de los cooperativistas.
Constituida la nueva entidad con un nombre como Sociedad Cooperativa Madrileña El Ejemplo, será está, representada por su Consejo Rector, quien adopte todas las decisiones y se encargue de todas las gestiones, desde la compra del suelo hasta la obtención y entrega de llaves, incluyendo la elección de la ya mencionada Gestora de Cooperativas y resto de profesionales.
Encontrarás muchas promotoras inmobiliarias que también actúan como Gestoras de las cooperativas, y aquí es dónde se hace importante una correcta elección de esa gestora, es imprescindible que esta cuente con las debidas garantías: experiencia demostrada, un buen número de viviendas entregadas, solvencia económica y sobre todo una vía abierta de comunicación directa con los socios cooperativistas, todos parámetros que CONCOVI evalúa al homologarlas.
¿Y qué Cobertura Legal tienes?
Pero claro todo esto tiene una cobertura legal ya que existe una Ley Estatal de Cooperativas que regula y da forma a las normas por las que deben guiarse las cooperativas y por ende las gestoras y cada Comunidad Autónoma dentro de sus competencias también ha creado sus propias leyes territoriales para regir este modelo.
Y luego están las normas de promoción o reglamento interno que cada Cooperativa decida establecer dentro de sus estatutos que deben ser inscritos en el Registro de Cooperativas que corresponda.
¿Y cuánto cuesta hacerse socio de una cooperativa?
Para acceder a una cooperativa los futuros socios cooperativistas deben hacer una aportación de dinero en concepto de Capital Social, variará dependiendo de la cooperativa, pero nunca será una cifra elevada y luego, para viabilizar financieramente el proyecto el socio deberá comprometerse a aportar alrededor del 20 o 25% del valor de coste total de la vivienda, el resto lo financia el Banco, Caja o Cooperativa de Crédito que apoye la iniciativa.
Pero para la tranquilidad de los cooperativistas existe la obligación legal de que este dinero entregado y aportado a cuenta esté garantizado por un seguro de caución o avales solidarios, pero aquí debemos destacar que, por Ley, solo está asegurado el capital aportado desde la obtención de la licencia de obras. Dicho capital ha de ser ingresado en una cuenta específica destinada al desarrollo promoción.
¿Y qué ocurre si un socio quiere darse de baja de la promoción?
Cualquier socio de la cooperativa está en su derecho de solicitar la baja voluntaria de la sociedad. La Ley, los estatutos de la cooperativa y el reglamento interno de la promoción, establecerán las condiciones, obligaciones y derechos en las que el socio deberá abandonar el proyecto sin perjuicio del interés general y salvaguardando sus aportaciones económicas hasta su recuperación.
¿Y qué pasa terminada la obra y con los socios disfrutando de su nueva vivienda?
Terminada la construcción y tras el proceso de entrega de llaves y de escritura de los inmuebles, la cooperativa puede optar por su disolución o bien transformar su objeto social a partir de ese momento y cumplir y cubrir otras necesidades de sus cooperativistas, como el mantenimiento del edificio, servicios sociales comunitarios para el conjunto de socios, tales como atención sanitaria, educativos, seguridad, comunicaciones, energético, pudiendo ser gestionados por ellos mismos y a través de la cooperativa bajo el modelo de Cohousing.
¿Qué otras ventajas obtengo como socio de una cooperativa de viviendas?
Si, ya destacamos al principio del artículo el que seguramente sea el más importante para la mayoría, el ahorro del margen de un promotor inmobiliario, pero esta no es la única ventaja, existen otras como….
Y otra más importante aún, un menor préstamo promotor.
En algún momento, cuando se ha superado el umbral del 75% u 80% de la captación de socios, y el ayuntamiento correspondiente ya ha concedido la licencia de obra mayor, la cooperativa solicita un préstamo promotor a la entidad financiera.
Como los socios cooperativistas ya han ido realizando sus aportaciones antes o durante la fase de construcción el préstamo hipotecario a solicitar será menor y a menos hipoteca, menos intereses.
Para cuando recibas las llaves de tu vivienda ya habrás pagado entre el 20% y el 25% de la misma durante su construcción y en ese momento podrás elegir entre pagar la totalidad restante, subrogarte en la hipoteca solicitada por la cooperativa, solicitar una hipoteca en otra entidad financiera, o hacer un mix de estas opciones.
Fuente: CONCOVI